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Información

«Regresaremos al futuro» del ocio, por fases

El ocio futuro ya no será el mismo. «Una discontinuidad en el espacio tiempo, condicionada por un virus letal, va a cambiar nuestra percepción de la diversión para siempre». Regresaremos al ocio, pero en el futuro, y ya no será el mismo. Veamos cómo plantea esa vuelta a la nueva normalidad el gobierno español:

El Consejo de Ministros el martes 28 de abril, aprobó el Plan para la Transición hacia una Nueva Normalidad. Su principal objetivo es programar la salida gradual protegiendo la salud y la vida del conjunto de la ciudadanía, y que incluye una detallada descripción de las fases de desescalada del sector de la Cultura y el Deporte. En este Plan, la Cultura y el Deporte cuentan con una dinámica de desescalada en todas las fases, incorporándose paulatinamente a la actividad como todos los sectores y actividades económicas, siguiendo los preceptos de protección y seguridad establecidos por el Ministerio de Sanidad.

Además de la apertura de las librerías y los archivos, en una primera etapa se permitirán los entrenamientos individuales de profesionales y federados, el entrenamiento básico de ligas profesionales y la actividad deportiva sin contacto.

Progresivamente y a través de Órdenes Ministeriales del departamento de Sanidad, se desarrollará la normativa que regule la relajación de las medidas para el control de la COVID-19. Entre otras, y en una segunda etapa (Fase I), se permitirán actos y espectáculos culturales de menos de 30 personas en lugares cerrados (con 1/3 de aforo) y el entrenamiento medio en ligas profesionales. Al llegar a una última fase (Fase III) se permitirá la realización de actos y espectáculos culturales, parques temáticos y de ocio al aire libre de menos de 800 personas.

Fases en las actividades culturales y de ocio, deporte profesional y federado, y deporte no profesional

Cada una de las fases del Plan de Transición hacia una Nueva Normalidad tendrá una duración mínima de dos semanas y su normativa precisa será desarrollada mediante órdenes del Ministerio de Sanidad. Se basará en los siguientes criterios: las capacidades estratégicas del sistema sanitario (atención primaria y hospitalaria); la situación epidemiológica en la zona; la implantación de medidas de protección colectiva en comercios, transportes, centros de trabajo y en cualquier espacio público; y los datos de movilidad y económicos.

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Actividades culturales y de ocio

FASE 0. Apertura de librerías de comercio minorista y archivos.

FASE I. Bibliotecas (préstamo y lectura con limitación de aforo); actos y espectáculos culturales de menos de 30 personas en lugares cerrados (con 1/3 de aforo); actos y espectáculos culturales al aire libre de menos de 200 personas (siempre y cuando sea sentado y manteniendo la distancia necesaria); museos (solo visitas, no actividades culturales) 1/3 aforo con control de aglomeraciones en salas; turismo activo y de naturaleza para grupos limitados de personas; producción audiovisual y rodaje de cine y series.

FASE II. Cines, teatros, auditorios y espacios similares (con butaca pre-asignada) con una limitación de aforo de 1/3; monumentos y otros equipamientos culturales (solo visitas; no actividades culturales) 1/3 aforo; salas de exposiciones, salas de conferencias y salas multiuso 1/3 aforo, con control de aglomeraciones; actos y espectáculos culturales de menos de 50 personas en lugares cerrados (1/3 de aforo); actos y espectáculos culturales y de ocio al aire libre de menos de 400 personas (siempre y cuando sea sentado y manteniendo la distancia necesaria); turismo activo y de naturaleza para grupos más amplios de personas.

FASE III. Las actividades con 1/3 de aforo en fase II podrán pasar a 1/2 de aforo en esta fase; salas de artes escénicas y musicales con una limitación de aforo de 1/3; actos y espectáculos culturales de menos de 80 personas en lugares cerrados (1/3 de aforo); plazas, recintos e instalaciones taurinas con una limitación de aforo que garantice una persona por cada 9 m2; actos y espectáculos culturales, parques temáticos y de ocio al aire libre de menos de 800 personas (siempre y cuando sea sentado y manteniendo la distancia necesaria); turismo activo y de naturaleza; playas, en condiciones de seguridad y distanciamiento.

Deporte profesional y federado

FASE 0. Entrenamientos individuales de profesionales y federados; entrenamiento básico de ligas profesionales; actividad deportiva sin contacto.

FASE I. Apertura de centros de alto rendimiento con medidas de higiene y protección reforzadas y, si es posible, turnos; entrenamiento medio en ligas profesionales.

FASE II. Entrenamiento básico en ligas no profesionales federadas; entrenamiento total en ligas profesionales; reapertura de campeonatos profesionales mediante partidos a puerta cerrada o con limitación de aforo, que pueden ser retransmitidos.

FASE III. Entrenamiento medio en ligas no profesionales federadas.

Deporte no profesional

FASE 0. Actividad deportiva sin contacto (montar en bici, correr, patinar, surf, etc.) siempre que se haga de forma individual y con la protección adecuada (distancia, mascarilla en deportes no acuáticos, cuando sea posible, etc.).

FASE I. Instalaciones deportivas al aire libre sin público (solo para practicar deportes en los que no exista contacto: atletismo, tenis); actividades deportivas individuales con previa cita en centros deportivos que no impliquen contacto físico ni uso de vestuarios.

FASE II. Espectáculos y actividades deportivas al aire libre con aforo limitado, en términos similares a las actividades culturales y de ocio de esta Fase; instalaciones deportivas en espacios cerrados sin público (solo para practicar deportes en los que no exista contacto o el riesgo de contagio sea bajo).

FASE III. Espectáculos y actividades deportivas al aire libre con aforo menos limitado, en términos similares a las actividades culturales y de ocio de esta Fase; espectáculos y actividades deportivas en espacios cerrados (solo para practicar deportes en los que no exista contacto o el riesgo de contagio sea moderado; por ej. pista de patinaje) con público limitado a 1 persona por cada 20 m2; partidos con un máximo de 1/3 aforo, garantizando siempre la separación de seguridad entre los espectadores y actividades deportivas al aire libre o con un máximo de 1/3 del aforo de gimnasios, sin uso de vestuarios.

Anexo – Fases